viernes, 6 de enero de 2012

Los pilares del fraude


Es común, es muy común, que dentro de los Call Center existan reglamentos internos de conducta y comportamiento. Son reglamentos hechos por los propios jefes del Call por lo general y suelen dividirse en dos partes.
Parte 1: derechos del trabajador, y te detalla una serie de cosas evidentes, básicas y que te proporcionan porque la ley los obliga explícitamente a hacerlo. Se sacan cartel por ejemplo con cosas como “está expresamente prohibido discriminar” blablabla, cuando todos sabemos que si sos sindicalista te van a discriminar salvaje, primitivamente.
Parte 2: obligaciones del trabajador, acá viene la parte curiosa y a tener en cuenta. Estas “obligaciones” no son tal cosa, son ideas que a alguna mente macabra se le ocurrieron para controlar más y mejor a los empleados. El no cumplimiento de esas normas no es causal de amonestación, sanción ni despido, puesto que no se trata de normas legales ni aceptadas por la ley en todos los casos. Apenas son un reglamento interno de validez nula en términos legales, dicho en pocas palabras, los pilares podés pasártelos por las pelotas tranquilamente porque nadie te puede hacer nada por hacerlo.
Lo único que intentan hacer esos reglamentuchos es fingir que estás obligado a cumplir un comportamiento dado, siempre incluyen boludeces como “No puede revelar ningún dato de uso interno” y cosas así, bien pues, nada de eso es legal. La ley no dice que eso sea legal o ilegal, directamente ni menciona ese tipo de cosas, porque no le interesan a nadie. Si vos querés sacar una foto de pantalla, como la que está en este post, y exponerla por ahí, nadie te puede castigar por hacerlo.
Violar las normas falsas de los reglamentos de comportamiento es una forma de decir “no me como tu pastilla” y de tocarle un poco el culo al Call Center, y es una forma legal, por la cual si alguien te sanciona queda regalado.
Es bueno saberlo. }

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